Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
22-03-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140322-93

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

93
Ejecución 280 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 280 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Braulio Fernández Rodrigo, don Luis González Márquez, don Luis Enrique Soriano Bohórquez, don Ramón Veloso Sarabis y don Sergiy Lyashenko, frente a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Braulio Fernández Rodrigo, frente a la demandada “Esabe Vigilancia, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 9.333,30 euros, más 1.800,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2708/0000/64/0280/13.

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Ramón Veloso Sarabis y don Sergiy Lyashenko, frente a la demandada “Esabe Vigilancia, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 34.356,73 euros (correspondiendo concretamente a don Sergiy Lyashencko 19.616,67 euros y a don Ramón Veloso Sabaris 6.800,00 euros), más 6.800,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2708/0000/64/0297/13.

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Luis Enrique Soriano Bohórquez, frente a la demandada “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por un principal de 46.742,52 euros, más 9.000,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2708/0000/64/0001/14.

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Luis González Márquez, frente a la demandada “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por un principal de 15.364,48 euros, más 3.000,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2708/0000/64/0042/14.

a) Se acuerda la acumulación a la presente ejecución forzosa 280 de 2013 de las que se siguen también en este Juzgado con los números 297 de 2013 y 1 y 42 de 2014, continuándose su tramitación en un solo procedimiento.

El principal total de las ejecuciones acumuladas asciende a 105.797,03 euros, correspondiendo concretamente:

A don Braulio Fernández Rodrigo: 9.333,30 euros.

A don Sergiy Lyashencko: 19.616,67 euros.

A don Ramón Velasco Sabaris: 14.740,06 euros.

A don Luis Enrique Soriano Bohórquez: 46.742,52 euros.

A don Luis González Márquez 15.364,48 euros.

Y 21.000,00 euros para intereses y costas que se presupuestan provisionalmente.

b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de febrero de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/6.336/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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