Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 67

Fecha del Boletín 
20-03-2014

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140320-282

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

282
Procedimiento 1.432 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 41 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.432 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Alicia Aparicio Mazuecos, frente a don Julio Ariza Irigoyen, “Brotherhood, Sociedad Limitada”, “Homo Videns, Sociedad Anónima”, “Ilmad UE 1, Sociedad Limitada”, “Intereconomía Corporación, Sociedad Anónima”, “Intereconomía TV, Sociedad Limitada”, y “SP Media Senator Prokjects, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Se acuerda tener por presentado el escrito de subsanación de la demanda presentada por doña Alicia Aparicio Mazuecos, contra “Intereconomía TV, Sociedad Limitada”, “Intereconomía Corporación, Sociedad Anónima”, “Homo Videns, Sociedad Anónima”, don Julio Ariza Irigoyen, “SP Media Senator Prokjects, Sociedad Limitada”, “Brotherhood, Sociedad Limitada”, e “Ilmad UE 1, Sociedad Limitada”, quedando delimitado el litigio en los términos concretos de la demanda y el escrito de subsanación, advirtiendo a la parte demandante que solo se podrá alegar en el juicio oral y ser objeto de prueba los hechos concretos que se expresan en la demanda y en el escrito de subsanación en los términos expresados en esta resolución judicial.

Se acuerda dar traslado a las partes y al ministerio fiscal para que en el plazo común de tres días se manifiesten sobre la competencia de la jurisdicción social para conocer de la responsabilidad del administrador de las sociedades demandadas, y una vez transcurrido el plazo se acordará.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición, ante este mismo Juzgado, dentro de los tres días siguientes a su notificación.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ilmad UE 1, Sociedad Limitada”, “Brotherhood, Sociedad Limitada”, y “SP Media Senator Prokjects, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de febrero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.196/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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