Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 60

Fecha del Boletín 
12-03-2014

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140312-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

URBANISMO

62
Modificación documento delimitación redes públicas

El Pleno del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, en sesión celebrada el día 30 de enero de 2014, adoptó acuerdo número 5/14, del siguiente tenor literal:

Primero.—Estimar las alegaciones presentadas por doña María Paz Aragón Olalla (NIF 51413469-M), con NRE 21007/2012, de 15 de noviembre de 2012, en representación de “Aragón Olalla, Sociedad Limitada”.

Segundo.—Aprobar definitivamente el expediente de modificación del documento de delimitación de redes públicas del Plan General de Ordenación Urbana en el Sector número 9, “Lavanderas”, en los términos y condiciones dispuestos en los informes citados.

Tercero.—Publicar anuncio correspondiente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la citada Ley, con indicación de haberse procedido previamente al depósito del correspondiente documento de modificación de redes, en el Registro Administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística.

Lo que se publica para general conocimiento en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido un ejemplar del documento de delimitación de redes públicas aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo previsto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente para la defensa de sus derechos (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Colmenar Viejo, a 21 de febrero de 2014.—El alcalde-presidente, Miguel A. Santamaría Novoa.

(03/7.446/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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