Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 60

Fecha del Boletín 
12-03-2014

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140312-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

51
Convocatoria ayudas comedor escolar

Advertido el error de hecho cometido en el decreto 785, de 28 de enero de 2014, relativo a la convocatoria de ayudas comedor escolar para primer ciclo y segundo ciclo de Educación Infantil y para Educación Primaria curso 2013-2014.

En uso de las facultades que me han sido conferidas he resuelto:

Subsanar, a tenor de los dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, el error de hecho cometido de tal manera que en el artículo 7, punto 6, en el párrafo 6:

— Donde dice: La condición de beneficiario no supondrá en modo alguno el abono de la ayuda por parte del Ayuntamiento, hasta que no se presente en forma y en el período marcado la justificación del gasto del comedor escolar del curso 2012-2013, según se indica en el artículo 13 de esta convocatoria.

— Debe decir: La condición de beneficiario no supondrá en modo alguno el abono de la ayuda por parte del Ayuntamiento, hasta que no se presente en forma y en el período marcado la justificación del gasto del comedor escolar del curso 2013-2014, según se indica en el artículo 13 de esta convocatoria.

Alcobendas, a 19 de febrero de 2014.—El concejal-delegado de Educación y Deportes, Fernando Martínez Rodríguez.

(03/6.766/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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