Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
06-03-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140306-339

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CUENCA NÚMERO 1

339
Procedimiento ordinario 451 de 2013

EDICTO

Don Pedro Fidel Lagunas Domínguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Cuenca.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 451 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Paloma Martínez Guijarro, contra la empresa “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 640 de 2013

En Cuenca, a 27 de diciembre de 2013.—Visto por mí, doña María Elena Rivera Ochandio, magistrada-juez titular del Juzgado de lo social número 1 de Cuenca, los autos de procedimiento ordinario seguidos ante este Juzgado bajo el número 451 de 2012, a instancias de doña Paloma Martínez Guijarro, asistida por el letrado don Javier Martínez Guijarro, en reclamación de cantidad, contra la empresa “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, que no ha comparecido.

Fallo

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por doña Paloma Martínez Guijarro, asistida por el letrado don Javier Martínez Guijarro, contra la empresa “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, no comparecida, a la que debo condenar y condeno a abonar a dicha demandada la cantidad de 1.758,61 euros, con los intereses establecidos en el fundamento cuarto, sin pronunciamiento en materia de costas procesales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme porque no admite recurso alguno [artículo 191.2.g) de la Ley de la Jurisdicción Social].

Así lo acuerda, manda y firma doña María Elena Rivera Ochandio, magistrada-juez titular de este Juzgado de lo social número 1 de Cuenca y su partido judicial.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Cuenca, a 27 de diciembre de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/4.830/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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