Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
05-03-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140305-205

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35

205
Procedimiento 383 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 383 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fernando de Jesús Ojeda Prieto y doña Jénnifer Diana Esquivel Franco, frente a don Carlos Martínez Gorrachátegui, doña Florentina Gorrachátegui Yáñez y “Churrería Los Madrileños”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado auto de fecha 31 de enero de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Su señoría ilustrísima dijo: Que debía declarar y declaraba extinguida la relación laboral mantenida por don Fernando de Jesús Ojeda Prieto y doña Jénnifer Diana Esquivel Franco con don Carlos Martínez Gorrachátegui, doña Florentina Gorrachátegui Yáñez y “Churrería Los Madrileños”, condenando a esta al abono a los actores de las siguientes cantidades en concepto de indemnización:

A don Fernando de Jesús Ojeda Prieto: 3.462,53 euros.

A doña Jénnifer Diana Esquivel Franco: 11.937,14 euros.

Así como al abono de los salarios de tramitación devengados desde el despido (18 de febrero de 2013) a la fecha de la presente resolución (31 de enero de 2014) a razón de un salario/día efectivo de 40,75 euros.

Se mantiene, igualmente, la condena de cantidades establecida en la sentencia.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2808/0000/60/0383/13.

Así por este mi auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don José Antonio Capilla Bolaños.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Carlos Martínez Gorrachátegui, doña Florentina Gorrachátegui Yáñez y “Churrería Los Madrileños”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de febrero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.629/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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