Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140226-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 91

98
Juicio verbal 1.076 de 2012

EDICTO

Que en el Juzgado de primera instancia número 91 de Madrid, en fecha 12 de febrero de 2013, se ha dictado sentencia por el ilustrísimo señor magistrado-juez de este Juzgado don Eduardo Corral Corral, contra la que cabe no cabe recurso de apelación, y cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 28 de 2013

En Madrid, a 12 de febrero de 2013.—Vistos por el señor don Eduardo Corral Corral, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 91 de esta localidad, los autos de juicio declarativo verbal número 1.076 de 2012, seguidos a instancias de doña María Fernanda Morán de la Torre, representada por la procuradora doña María Mercedes Blanco Fernández y asistida del letrado don Javier Sol González, contra don Miguel Cedillo Alonso, en rebeldía en las presentes actuaciones, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña María Fernanda Morán de la Torre, contra don Miguel Cedillo Alonso, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora el importe de 2.825,58 euros, devengando tal cantidad el interés legal desde la fecha de la presentación de la demanda (25 de julio de 2012), y el del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, desde la presente resolución, ello con expresa imposición de costas a la citada demandada.

Así lo pronuncia, manda y firma, don Eduardo Corral Corral, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 91 de Madrid, en el día de la fecha.—Doy fe.

Encontrándose el demandado don Miguel Cedillo Alonso, en ignorado paradero, sirva la presente para su notificación en forma.

En Madrid, a 28 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(02/970/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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