Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140226-213

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALLADOLID NÚMERO 1

213
Autos 832 de 2012

EDICTO

Doña María del Carmen Olalla García, secretaria del Juzgado de lo social número 1 de Valladolid y su provincia.

Doy fe: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 832 de 2012, a instancias de don Miguel Ángel Andrés Morillo, contra la empresa “Monfragüe Archivo Logístico, Transporte y Servicios, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Estimo la demanda interpuesta por don Miguel Ángel Andrés Morillo, contra la empresa “Monfragüe Archivo Logístico, Transporte y Servicios, Sociedad Limitada”, a quien condeno a abonar al trabajador la cantidad de 375 euros, más el 10 por 100 de lo adeudado por mora en el pago del salario.

Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta resolución a las partes en la forma que previene la Ley, advirtiéndoles que contra esta sentencia no cabe recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.—Alfonso González González (firmado y rubricado).

Concuerda bien y fielmente con el original al que me remito en caso necesario, y para que conste y sirva de notificación a la parte demandada “Monfragüe Archivo Logístico, Transporte y Servicios, Sociedad Limitada”, cuyo último domicilio conocido fue en Galapagar (Madrid), calle capilla, número 24, apercibiéndole que cuantas notificaciones hayan de hacérsele en el presente procedimiento que no revistan la forma de auto o sentencia se verificarán en los estrados de este Juzgado, expido y firmo el presente en Valladolid, a 24 de enero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.660/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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