Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140226-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

113
Procedimiento ordinario 987 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eva Sampablo Moreno, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 987 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Emilio Luis Belinchón Álvarez, frente a “Lap Services for Telecom, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia

En Madrid, a 16 de enero de 2014.—Visto por mí, doña Carmen Durán de Porras, magistrada-juez de refuerzo del Juzgado de lo social número 1 de esta ciudad, los presentes autos sobre reclamación de cantidad seguidos con el número 987 de 2013, a instancias de don Emilio Luis Belinchón Álvarez, asistido por la letrada señora García Jiménez, contra “Lap Services for Telecom, Sociedad Limitada”, que no ha comparecido.

Vistos los preceptos citados, y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimando la demanda que en materia de cantidades ha interpuesto don Emilio Luis Belinchón Álvarez, contra “Lap Services for Telecom, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a esta a que abone al actor la cantidad de 12.062,45 euros junto con el interés por mora del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, y con condena en costas a la parte demandada, incluyendo los honorarios del letrado de la parte actora con el límite de 600 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia, advirtiéndoseles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución, mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo social.

Si recurre la parte demandada, deberá acreditar al anunciar el recurso el ingreso del importe de la condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, así como la constitución del depósito para recurrir por importe de 300 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Lap Services for Telecom, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de enero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.669/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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