Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 40

Fecha del Boletín 
17-02-2014

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140217-125

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42

125
Juicio de faltas 1.033 de 2013

EDICTO

Doña Ana Rosa Martínez Sudón, secretaria del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.033 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Madrid, a 29 de octubre de 2013.—Vistos por mí, don Agustín Morales Pérez-Roldán, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 1.033 de 2013, sobre hurto, en virtud de denuncia, en los que han sido partes: el señor fiscal; la denunciante, doña Mercedes Ruiz Requena, y los denunciados, doña Claudia Mirela Dragomir, don Niculae Vasile, doña Lucica Ionita y don Alin Florin Niculae, conforme a las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de Su Majestad el Rey dicto la siguiente sentencia:

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a doña Claudia Mirela Dragomir, don Niculae Vasile, doña Lucica Ionita y don Alin Florin Nicolae de la falta por la que fueron denunciados, declarando las costas de oficio.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Claudia Mirela Dragomir, don Niculae Vasile, doña Lucica Ionita y don Alin Florin Nicolae, actualmente en ignorado paradero, expido la presente en Madrid, a 10 de enero de 2014.—La secretaria (firmado).

(03/2.371/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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