Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 37

Fecha del Boletín 
13-02-2014

Sección 3.10.20D: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140213-61

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE DAGANZO DE ARRIBA

OTROS ANUNCIOS

61
Baja en el padrón municipal

Expedientes para proceder a la baja de oficio en el padrón municipal.

Números: 8, 9, 10 y 11 de 2013.

De conformidad con lo establecido en la resolución conjunta de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del director general de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos, sobre la gestión y revisión del padrón municipal, sirva el presente anuncio para poner en conocimiento de:

Expediente 8/2013.

Doña María Laura Castellanos Lerma.

Calle Valdeciprian, número 21, C bajo A.

28814 Daganzo de Arriba.

Expediente 9/2013.

Doña Florentina Marilena Constantín.

Calle Cuesta Lengua, número 55, PBJ.

28814 Daganzo de Arriba.

Expediente 10/2013.

Doña Larisa Gabriela Ionita.

Calle Cuesta Lengua, número 55, PBJ.

28814 Daganzo de Arriba.

Expediente 11/2013.

Don Romulus Ionita.

Calle Cuesta Lengua, número 55, PBJ.

28814 Daganzo de Arriba.

Que habiendo tenido conocimiento este Ayuntamiento, de que ustedes no residen en el domicilio en el que figuran inscritos en la hoja padronal y en base a lo establecido en el artículo 72 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, les comunico que se ha procedido a incoar de oficio expedientes para proceder a darles de baja en el padrón de este municipio, por no cumplir los requisitos establecidos en artículo 54 del mencionado reglamento.

No obstante, se les concede un plazo de diez días contados a partir del momento de publicación de este anuncio, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que se manifiesten si están o no de acuerdo con la baja en el domicilio citado, debiendo presentar en el Ayuntamiento las alegaciones necesarias, o justificaciones que estimen oportunas, que acrediten que viven en este municipio, o buen para que indiquen el domicilio en el que residen habitualmente.

Daganzo de Arriba, a 8 de enero de 2014.—El alcalde, Sergio Berzal Valladar.

(02/131/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20D: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140213-61