Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 26

Fecha del Boletín 
31-01-2014

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140131-36

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

LICENCIAS

Pleno del Ayuntamiento

Secretaría General

36
La Cazuelita de Mayor, S. L.

Acuerdo del Pleno de 28 de noviembre de 2013, por el que se aprueba definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para la implantación de la actividad de bar-restaurante, en las plantas baja y primera del edificio situado en la calle Mayor, número 13, promovido por “La Cazuelita de Mayor, Sociedad Limitada”, Distrito de Centro.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el 28 de noviembre de 2013, adoptó el siguiente acuerdo:

“Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos para la implantación de bar-restaurante, en las plantas baja y primero del edificio situado en la calle Mayor, número 13, promovido por la entidad “La Cazuelita de Mayor, Sociedad Limitada”, de conformidad con lo previsto en los artículos 61.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y 11.1.j) de la Ley 22/2006, de 4 de julio de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid.

El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos tendrá una vigencia de un año a contar desde el día siguiente a la publicación del Acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 54.3 del Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenanza Urbana”.

Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido con fecha 10 de diciembre de 2013, un ejemplar del Plan de Ordenación Urbana aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo previsto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente para la defensa de sus derechos (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Madrid, a 12 de diciembre de 2013.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(02/14/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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