Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 19

Fecha del Boletín 
23-01-2014

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140123-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Creación oficina auxiliar Registro General

Visto el informe emitido por la Secretaría General y oída la Junta de Gobierno Local, relativo a la creación de una oficina auxiliar de Registro General en la Oficina de Atención al Vecino.

Resultando que con fecha 19 de diciembre de 2013, el coordinador de Participación Ciudadana y Distritos solicitó a Registro General una oficina auxiliar de Registro General en la Oficina de Atención al Vecino en el PAU 4 de Móstoles.

Considerando que el apartado 8.o del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), indica que “Las Administraciones Públicas deberán hacer pública y mantener actualizada una relación de las oficinas de registro”.

Considerando que en cumplimiento del apartado 3.6 de la resolución de 22 de febrero de 2005, la creación, modificación y supresión de las oficinas de registro se efectuará a propuesta de la Concejalía correspondiente o a iniciativa del alcalde, por resolución de la Alcaldía, previo informe de la Secretaría General y oída la Junta de Gobierno Local.

Considerando las atribuciones conferidas a esta Alcaldía por el artículo 124.k) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y una vez informada la Junta de Gobierno Local,

Esta Alcaldía resuelve:

Primero.—La creación de una oficina auxiliar de Registro General ubicada en la Oficina de Atención al Vecino del Área de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana.

Segundo.—La oficina auxiliar de Registro General en la Oficina de Atención al Vecino del Área de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana entrará en funcionamiento el 20 de enero de 2014, estará ubicada en la plaza del Sol, número 3, y su horario de atención al público será de nueve a veinte, todos los días hábiles, excepto los sábados y los días 24 y 31 de diciembre. Indicando que son días inhábiles, además de los establecidos a nivel estatal y autonómico, los días 15 de mayo y 12 de septiembre, por festividad local.

En Móstoles, a 30 de diciembre de 2013.—El alcalde-presidente, Daniel Ortiz Espejo.

(03/1.001/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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