Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140121-171

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 15

171
Autos 446 de 2013-I

EDICTO

Doña Sagrario Plaza Golvano, secretaria del Juzgado de lo social número 15 de los de Valencia.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 446 de 2013-I, a instancias de don José Vicente Roig Climent, contra “Aszendia Asociados 21, Sociedad Limitada”, “Vittori Grupo de Inversión”, “Zendia Hispania, Sociedad Limitada”, “Levanpower, Sociedad Anónima”, “Capital Abogados, Sociedad Limitada”, “Consulting XXI, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en la que el día 12 de diciembre de 2013 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva dice:

Fallo

Que teniendo a la parte actora por desistida de la acción entablada frente a las mercantiles “Aszendia Asociados 21, Sociedad Limitada”, “Vittori Grupo de Inversión”, “Capital Abogados, Sociedad Limitada”, y “Consulting XXI, Sociedad Limitada”, y estimando la demanda interpuesta por don José Vicente Roig Climent, frente a las empresas “Zendia Hispania, Sociedad Limitada”, y “Levanpower, Sociedad Anónima”, debo declarar y declaro la improcedencia de los despidos del demandante, decididos por ambas en la misma fecha del 28 de febrero de 2013 y por resueltos los contratos de trabajo que con cada una de ellas le vinculaban, con efectos desde la fecha de esta resolución, condenando a las empresas a que no siendo posible la readmisión del trabajador, le paguen en concepto de indemnización la cantidad que con cargo a cada una se establece:

“Zendia Hispania, Sociedad Limitada”: indemnización de 4.408,63 euros (equivalente a veintiún meses, a razón de 2,75 días por mes del salario diario de 76,34 euros diarios).

“Levanpower, Sociedad Anónima”: indemnización de 2.111,84 euros (equivalente a diecinueve meses, a razón de 2,75 días por mes del salario diario de 40,33 euros).

Notifíquese la presente resolución a las partes, indicándoles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a esta notificación, bastando, para ello, la mera manifestación de la parte o de su abogado, de su graduado social o de su representante, al hacerle la notificación, de su propósito de entablar tal recurso, o por comparecencia o por escrito, también de cualquier de ellos, ante este Juzgado de lo social. Siendo requisitos necesarios que, al tiempo de hacerse el anuncio, se haga el nombramiento del letrado o graduado social colegiado que ha de interponerlo y que el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita presente en la Secretaría del Juzgado de lo social, también al hacer el anuncio, el documento que acredite haber consignado en cualquier oficina del “Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima”, en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre del Juzgado, la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista.

De hacer consignación en metálico, deberá efectuarse en la cuenta de expediente número 4481-0000-64-00446-13.

Igualmente, y al tiempo de interponer el recurso, el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita, deberá hacer entrega en la Secretaría de este Juzgado, de resguardo, independiente o distinto del anterior, acreditativo del depósito de 300 euros en la misma cuenta de expediente.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos, conservándose el original en el libro de sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.—Esperanza Montesinos Llorens.

Y para que conste y sirva de notificación a “Capital Abogados, Sociedad Limitada”, y “Consulting XXI, Sociedad Limitada”, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Valencia, a 13 de diciembre de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/341/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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