Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 12

Fecha del Boletín 
15-01-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140115-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

86
Procedimiento 564 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 564 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Agniezka Malewicka y doña María Teresa Rodríguez Bonillo, frente a doña Patricia Rodríguez Portilla y “Estileto Serrano, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimo las demandas acumuladas de las dos actoras y declaro la improcedencia de cada uno de los despidos con fecha de efectos de 23 de marzo de 2011.

Declaro extinguida la relación laboral de cada una de las dos actoras para con las demandadas con efectos de la fecha de notificación de esta sentencia.

En consecuencia, condeno de forma solidaria a las codemandadas “Estileto Serrano, Sociedad Limitada”, y a doña Patricia Rodríguez Portilla a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que abonen solidariamente:

A doña Agniezka Malewicka: la cantidad de 3.315,60 euros en concepto de indemnización por despido, más los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la fecha de esta sentencia a razón de 736,79 euros mensuales con inclusión de prorrata de pagas extras.

A doña María Teresa Rodríguez Bonillo: la cantidad de 4.109,70 euros en concepto de indemnización por despido, más los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la fecha de esta sentencia a razón de 865,33 euros mensuales con inclusión de prorrata de pagas extras.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 300 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado con el número 2510, con la indicación del número 564/2011 de procedimiento, en la sucursal del “Banco Español de Crédito”, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además, deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena.

Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio.

En caso de recurso, la empresa habrá de cumplimentar las tasas conforme a la Ley 10/2012, de 20 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” de 21 de diciembre de 2012), y orden HAP/2662/2012, de 13 de octubre (“Boletín Oficial del Estado” de 15 de diciembre de 2012), modificada por la orden HAP/490/2013, de 27 de marzo (“Boletín Oficial del Estado” de 30 de marzo de 2013), y el Real Decreto-Ley 3/2013, de 22 de febrero (“Boletín Oficial del Estado” de 23 de febrero de 2013).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña María Teresa Rodríguez Bonillo y “Estileto Serrano, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de diciembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.400/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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