Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
23-12-2013

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131223-87

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

87
Ordenanzas fiscales 2014

Don Miguel Ángel Escudero Barajas, concejal-delegado de Hacienda y Modernización del Ayuntamiento de San Fernando de Henares (Madrid).

Hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria celebrada el día 19 de diciembre de 2013, de conformidad con el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Cuentas, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:

Desestimar las reclamaciones presentadas contra la “Tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local contra la modificación de las tarifas a aplicar en el ejercicio 2014 por la ocupación de la vía pública con puestos de mercadillo”.

Estimar las siguientes enmiendas:

1. ORDENANZA FISCAL NÚMERO 8 PARA LA EXACCIÓN DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA O EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL

Añadir al final del punto 3 del epígrafe E (G para 2014) del artículo 4, que regula los cambios de titularidad para ocupación de la vía pública con puestos del mercadillo:

“Se iniciará la tramitación por solicitud escrita del interesado y una vez presentados los documentos requeridos, se deberá ingresar la tasa correspondiente, sin cuyo requisito no se continuará la tramitación del procedimiento administrativo para la concesión del cambio de titularidad ni las autorizaciones para la venta solicitadas”.

2. ORDENANZA FISCAL NÚMERO 13 (NÚMERO 12 PARA 2014) PARA LA EXACCIÓN DE LA TASA POR ASISTENCIA A CURSOS, SEMINARIOS, ESPECTÁCULOS, UTILIZACIÓN DE SALAS DE EXPOSICIONES Y OTROS

Se modifica el segundo párrafo del epígrafe VII del artículo 3 de la ordenanza fiscal número 13:

“Asimismo, se aplicará en taquilla y para los espectáculos de adultos, los siguientes descuentos a las personas empadronadas en San Fernando de Henares, siempre que las condiciones del espectáculo lo permitan: 50 por 100, a los menores de catorce años; 20 por 100, a las personas de entre quince y veinticinco años, ambos inclusive; 20 por 100, a pensionistas y jubilados, y 50 por 100, a las personas desempleadas inscritas en las oficinas de empleo del Servicio Regional de Empleo, con documento de demanda de empleo en vigor y una antigüedad en esa situación de más de seis meses”.

3. ORDENANZA FISCAL NÚMERO 16 (NÚMERO 15 PARA 2014) PARA LA EXACCIÓN DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA Y DANZA

Se modifica la disposición final de dicha ordenanza:

“La presente ordenanza, una vez aprobada, surtirá efecto desde el 1 de enero de cada año hasta su modificación o derogación expresa”.

Y, en consecuencia, aprobar definitivamente las ordenanzas fiscales municipales correspondientes al ejercicio 2014, según redacción aprobada provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 17 de octubre de 2013.

San Fernando de Henares, a 20 de diciembre de 2013.—El concejal-delegado de Hacienda y Modernización, Miguel Ángel Escudero Barajas.

(03/41.380/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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