Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 302

Fecha del Boletín 
20-12-2013

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131220-93

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

93
Notificación por comparecencia

Doña María Luz Lastras Parras, concejala-delegada de Hacienda del Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias (Madrid).

Resultando que a los deudores de esta Hacienda Municipal incluidos en las relaciones que se adjunta, y por los conceptos tributarios consignados, no se les ha podido realizar notificación de las liquidaciones correspondientes por causas no imputables a esta Administración, y una vez intentada por dos veces esta en el domicilio señalado a efectos de notificaciones y/o, en su caso, domicilio fiscal, se procede a citar a los interesados (o, en su caso, representantes), mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, según establece el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (“Boletín Oficial del Estado” número 302, de 18 de diciembre de 2003), para ser notificados mediante comparecencia en el Departamento de la Inspección de los Tributos del Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias (plaza Real, número 1), en horario de ocho a catorce y treinta, de lunes a viernes, y en el plazo de quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación del presente anuncio.

Relación de deudores por el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana

Número de expediente. — Período. — Nombre. — DNI/CIF. — Domicilio

11171. — 2009. — Promoción de Viviendas y Construcciones, Sociedad Anónima. — A-28495794. — Toledo, 149, escalera 1, primero, D, 28005 Madrid.

12181. — 2012. — Construcciones y Reformas Bichito, Sociedad Limitada Laboral. — B-82611799. — Abeto, 4, 28680 San Martín de Valdeiglesias (Madrid).

16674. — 2013. — Mariano Alonso López. — 52110295-T. — Enrique Ocaña Jiménez, 3, 28680 San Martín de Valdeiglesias (Madrid).

18548. — 2012. — Alcanhort, Sociedad Limitada. — B-83057166. — La Viña, 2, 28696 Pelayos de la Presa (Madrid).

21556. — 2012. — Vladislav Tchakarov Stoychev. — 48203728-Y. — Venezuela, 15, 28680 San Martín de Valdeiglesias (Madrid).

Asimismo, se advierte a los interesados de que si transcurrido el citado plazo no se hubiese comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer; efectos que, en síntesis, son los siguientes:

— Inicio del período voluntario de pago conforme a lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (“Boletín Oficial del Estado” número 302, de 18 de diciembre de 2003).

— Finalizado el plazo en voluntaria sin hacer efectivo el pago de la deuda, se iniciará el período ejecutivo y el procedimiento de apremio, según establecen los artículos 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (“Boletín Oficial del Estado” número 302, de 18 de diciembre de 2003), y artículos 69 y 70 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación (“Boletín Oficial del Estado” número 210, de 2 de septiembre de 2005), devengándose los recargos establecidos por el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (“Boletín Oficial del Estado” número 302, de 18 de diciembre de 2003).

— Inicio del plazo para formular recurso de reposición frente a la liquidación correspondiente, previsto por el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (“Boletín Oficial del Estado” número 59, de 9 de marzo de 2004).

San Martín de Valdeiglesias, a 25 de octubre de 2013.—La concejala-delegada de Hacienda, María Luz Lastras Parras.

(02/7.949/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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