Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 302

Fecha del Boletín 
20-12-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131220-177

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

177
Juicio 50 de 2012

EDICTO

NOTIFICACIÓN DE AUTO DE ARCHIVO

Órgano que ordena notificar: Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Asunto que se acuerda: juicio número 50 de 2012, promovido por doña Antonia Martín López, sobre materias de Seguridad Social.

Persona que se notifica: “Asador Frontón, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio.

Auto

En Madrid, a 13 de febrero de 2013.—Vistos los preceptos legales mencionados y demás de general aplicación,

Parte dispositiva:

Archivar la demanda presentada por doña Antonia Martín López, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Fremap” y “Asador Frontón, Sociedad Limitada”.

Por no haber sido subsanados los defectos de los que la misma adolecía tal y como se le requería en el acta de suspensión de fecha 15 de noviembre de 2012.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2805/0000/62/0050/12.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Luisa Gil Meana.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

En Madrid, a 18 de noviembre de 2013.—El secretario judicial, David Atienza Marcos.

(03/38.700/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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