Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 294

Fecha del Boletín 
11-12-2013

Sección 2.70.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131211-23

Páginas: 1


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MADRID

Área de Trabajo e Inmigración

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Requerimiento documentación solicitud de ayuda

Don Ildefonso Hernández Sanz, director del Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno en Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en el número 4, del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, hace saber a:

Doña Fe Esperanza García Fernández, cuyo último domicilio conocido es avenida Constitución, número 86, escalera tercera, segundo A, código postal 28850, Torrejón de Ardoz, Madrid, que la Dirección General de Migraciones ha requerido documentación en relación a la solicitud de ayuda formulada al amparo del Real Decreto 1493/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueban las normas reguladoras de la concesión directa de ayudas destinadas a atender las situaciones de extraordinaria necesidad de los españoles retornados, y que no ha podido ser notificada por ausente en el reparto.

De conformidad con lo establecido en el artículo 61 de la citada Ley 30/1992, dicha notificación podrá ser recogida por el interesado en el Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno en Madrid, sita en la calle Silva, número 19, primera planta, de Madrid.

De no comparecer en el plazo de diez días, computados a partir del día siguiente al de la publicación de este edicto, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales.

Madrid, a 25 de octubre de 2013.—Firmado.

(02/8.042/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.70.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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