Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285

Fecha del Boletín 
30-11-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131130-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

68
Procedimiento 115 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 115 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Wíliam López Jiménez, frente a “Creaciones e Investigaciones Electrónicas, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, “Lasermátic, Sociedad Limitada”, y “Top Collection, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes en fecha 29 de octubre de 2013 en los términos siguientes:

La parte actora desiste de las empresas “Lasermátic, Sociedad Limitada”, y “Top Collection, Sociedad Limitada”, y mantiene la acción frente a “Creaciones e Investigaciones Electrónicas, Sociedad Limitada”.

La empresa reconoce adeudar las siguientes cantidades:

Nómina de noviembre de 2012: la cantidad de 1.277,72 euros netos.

Nómina de diciembre de 2012: la cantidad de 1.277,72 euros netos.

Paga extra de diciembre de 2012: la cantidad de 1.396,48 euros netos.

Cuatro días de enero de 2013 y finiquito: la cantidad de 250,52 euros netos.

Y manteniendo la calificación del despido como objetivo ofrece la cantidad de 7.798,11 euros netos como indemnización.

Las anteriores cantidades suman en total 12.000 euros, que serán abonados mediante transferencia bancaria donde el trabajador percibe sus haberes en el plazo de cuarenta y ocho horas.

El trabajador acepta y con el percibo de dichas cantidades se da por saldado y finiquitado, sin tener nada más que reclamar.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2517/0000/61/0115/13.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Lasermátic, Sociedad Limitada”, y “Top Collection, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de octubre de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/36.364/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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