Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
26-11-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131126-163

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

163
Procedimiento 445 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 445 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Amhed Machton, frente a “Activa Mutua 2008”, Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Maode Pinturas, Sociedad Limitada”, y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda presentada por don Amhed Machton, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Activa Mutua 2008”, y “Maode Pinturas, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno de forma directa a “Maode Pinturas, Sociedad Limitada”, a abonar al actor la cantidad de 4.111.18 euros, declarando la obligación de anticipo de la mutua demandada con el consiguiente derecho de reposición, y declarando la responsabilidad subsidiaria de la mutua demandada en caso de insolvencia empresarial y la responsabilidad subsidiaria del Instituto Nacional de la Seguridad Social para el caso de insolvencia de la mutua, y todo ello con absolución de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese esta resolución a las partes con entrega de copia, advirtiéndoseles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución, mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo social.

Si recurre la parte demandada y condenada, deberá acreditar al anunciar el recurso el ingreso del importe de la condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones”, así como la cantidad de 300 euros en concepto de depósito para recurrir.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Maode Pinturas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.608/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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