Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 273

Fecha del Boletín 
16-11-2013

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131116-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

108
Ejecución 77 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 77 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Vanesa Simón Fernández, frente a “Naranjo Tores, Sociedad Limitada”, y “Nostalgia Restauración, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado resoluciones de fechas 10 de abril de 2013 y 10 de julio de 2013, respectivamente, siguientes:

Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante doña Vanesa Simón Fernández, frente a “Naranjo Tores, Sociedad Limitada”, y “Nostalgia Restauración, Sociedad Limitada”, en forma solidaria, parte ejecutada, por importe de 14.927,21 euros de principal (que corresponde 9.085,77 euros a indemnización y 5.841,44 euros a salarios de trámite), más la cantidad de 2.000 euros que se fijan provisionalmente para intereses y costas.

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 14.927,21 euros (desglosado según consta en auto despachando ejecución) de principal y 2.000 euros calculados para intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total de las ejecutadas “Nostalgia Restauración, Sociedad Limitada”, y “Naranjo Tores, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aun pendiente de pago.

Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2850/0000/64/0077/13.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Nostalgia Restauración, Sociedad Limitada”, y “Naranjo Tores, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 14 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.610/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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