Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
15-11-2013

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131115-112

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVALAFUENTE

RÉGIMEN ECONÓMICO

112
Ordenanza fiscal

Por acuerdo del Pleno de fecha 24 de octubre de 2013, se acordó provisionalmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora para la determinación de la cuota tributaria del impuesto sobre bienes inmuebles, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales se expone al público en el tablón de anuncios de la entidad, quedando el expediente completo en la Secretaría, abriéndose un plazo de 30 días desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID durante el cual podrán presentarse las reclamaciones que se estimen oportunas.

En Navalafuente, a 31 de octubre de 2013.—El alcalde-presidente, Miguel Méndez Martiáñez.

(03/35.700/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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