Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
15-11-2013

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131115-150

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 3

150
Juicio de faltas 299 de 2012

EDICTO

Doña María Luisa Soler Rubio, secretaria de instrucción del número 3 de Navalcarnero.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 299 de 2012 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 1 de 2013

En Navalcarnero, a 26 de enero de 2013.—Don Sergio Burguillo Pozo, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 3 de Navalcarnero y su partido, ha visto los presentes autos de juicio de faltas número 299 de 2012, incoados por una presunta falta de vejaciones, con intervención del ministerio fiscal, teniendo la condición de denunciante doña Beatriz Cabrera Rodríguez y de denunciados don Félix Antonio García Larrañaga, don Rafael García Molina, don Luis Gil Martínez y don Jesús Manuel Lobato Requena, dicta la presente resolución que basa en el siguiente

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a don Félix Antonio García Larrañaga, don Rafael García Molina, don Luis Gil Martínez y don Jesús Manuel Lobato Requena de los hechos que inicialmente se les imputaban, declarando de oficio las costas causadas.

Notifíquese a las partes la presente resolución, contra la que cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Luis Gil Martínez, con documento nacional de identidad número 47464912-L, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 14 de octubre de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/34.788/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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