Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
12-11-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131112-202

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 1

202
Procedimiento ordinario 90 de 2013

EDICTO

Doña María Asunción Saiz de Marco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Jaén.

Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 90 de 2013, a instancias de la parte actora, don Francisco Carlos Viribay Montilla, contra Fondo de Garantía Salarial y “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, sobre social ordinario, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 351 de 2013

En Jaén, a 8 de octubre de 2013.—Vistos y examinados por la ilustrísima señora doña María José Hernández Caballero, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 1 de Jaén, los presentes autos número 90 de 2013, sobre reclamación de cantidad, seguidos a instancias de don Francisco Carlos Viribay Montilla, representado y asistido por la letrada señora Ureña Ortega, contra “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Francisco Carlos Viribay Montilla, debo condenar y condeno a la empresa “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, a hacer efectivo pago al actor de la cantidad de 5.313,35 euros, más el 10 por 100 de interés de mora.

Con absolución del Fondo de Garantía Salarial, que en su caso responderá de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia, anunciándolo ante este Juzgado en el plazo de cinco días contados desde el día siguiente a la notificación de esta resolución.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Jaén, a 9 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.658/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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