Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
09-10-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131009-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 62

86
Juicio verbal 1.105 de 2012

EDICTO

En el presente procedimiento de juicio verbal número 1.105 de 2012, seguido a instancias de la comunidad de propietarios de la calle Sulfato, número 11, frente a doña Zenaida Orfelina Lombeida Gáibor, don Jorge Ernesto Romero Ordóñez, doña Pilar Janeth Castillo Parra y don Ángel Isidro Gavilánez Rodríguez, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 8 de marzo de 2013.—Doña Manuela Hernández Lloreda, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 62 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal con el número 1.105 de 2012, seguidos por el procurador de los tribunales señor Gómez-Villaboa Mandrí, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Sulfato, número 11, de Madrid, contra don Jorge Ernesto Romero Ordóñez, doña Pilar Janeth Castillo Parra, don Ángel Isidro Gavilánez Rodríguez y doña Zenaida Orfelina Lombeida Gáibor, declarados en rebeldía, procede a dictar la presente resolución:

Fallo

Que estimo la demanda formulada por el procurador de los tribunales señor Gómez-Villaboa Mandrí, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Sulfato, número 11, de Madrid, y condeno a don Jorge Ernesto Romero Ordóñez y a doña Pilar Janeth Castillo Parra al pago solidario de la cantidad de 77,25 euros, y a don Ángel Isidro Gavilánez Rodríguez y a doña Zenaida Orfelina Lombeida Gáibor a pagar solidariamente la cantidad de 3.310,10 euros, estando todos ellos declarados en rebeldía, junto a los intereses legales desde la interpelación judicial en los términos reclamados, y expresa imposición de las costas procesales causadas.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que deberá interponerse en este Juzgado por medio de escrito en el plazo de veinte días hábiles siguientes al de su notificación.

Publicación

Firmada la anterior sentencia por la magistrada-juez que la dictó en el día de su fecha, es entregada para su notificación en esta Secretaría, dándose publicidad en legal forma, de lo que yo, el secretario, doy fe.

Y encontrándose los demandados doña Zenaida Orfelina Lombeida Gáibor y don Ángel Isidro Gavilánez Rodríguez en paradero desconocido se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a los mismos.

Madrid, a 8 de julio de 2013.—El secretario (firmado).

(02/6.661/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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