Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 233

Fecha del Boletín 
01-10-2013

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131001-12

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

12
ORDEN 2961/2013, de 18 de septiembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se autoriza la cuantía del precio de comedor en Escuelas Infantiles pertenecientes a la Red Pública de Escuelas Infantiles de la Comunidad de Madrid gestionadas mediante contrato de servicio público educativo (modalidad de financiación no sujeta a módulos) para el curso escolar 2013-2014.

La Orden 2381/2013, de 22 de julio, por la que se fija la cuantía para el curso escolar 2013-2014 de los precios privados de alimentación mensual o comedor de los centros de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte que imparten primer y segundo ciclo de Educación Infantil, establece en su artículo primero que dicha Consejería podrá autorizar precios inferiores al establecido en dicha Orden en centros de titularidad de la Comunidad de Madrid de gestión indirecta. El precio será, en cada caso, el establecido para el servicio de alimentación mensual o comedor escolar en el correspondiente contrato de gestión de servicio público, actualizado según la cláusula de revisión establecida en el mismo. Por ello,

AUTORIZO

Punto único

Los precios del servicio de alimentación mensual o comedor escolar de las Escuelas Infantiles que se relacionan en el Anexo, pertenecientes a la Red Pública de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid, gestionadas mediante contrato de servicio público educativo y modalidad de financiación no sujeta a módulos, para el curso escolar 2013-2014.

Madrid, a 18 de septiembre de 2013.

La Consejera de Educación, Juventud y Deporte, LUCÍA FIGAR DE LACALLE



(03/30.316/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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