Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 197

Fecha del Boletín 
20-08-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130820-171

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE PONFERRADA NÚMERO 2

171
Procedimiento ordinario 603 de 2012

EDICTO

Don Sergio Ruiz Pascual, secretario del Juzgado de lo social número 2 de Ponferrada.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Luciano Bodelón Amigo, contra el ministerio fiscal, “Invergar Participaciones Inmobiliarias, Sociedad Limitada”, “Vitro Cristalglass, Sociedad Limitada”, don Gregorio de la Morena Sanz, “Cristalglass Vidrio Aislante, Sociedad Anónima”, “H y R Técnicos, Sociedad Limitada”, “Gipifrom, Sociedad Limitada”, “Invergar Iberia Comercial Distribución, Sociedad Limitada”, “Construglass, Sociedad Anónima”, “Cristalglass Manufactura, Sociedad Anónima”, “CG1 Transformaciones, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, el administrador concursal de “Vitro Cristalglass”, e “Interconcursal, Sociedad Limitada Profesional”, en reclamación por cantidad, registrado con el número de procedimiento ordinario 603 de 2012, se ha acordado en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social, citar a “Invergar Participaciones Inmobiliarias, Sociedad Limitada”, “Vitro Cristalglass, Sociedad Limitada”, don Gregorio de la Morena Sanz, “Cristalglass Vidrio Aislante, Sociedad Anónima”, “H y R Técnicos, Sociedad Limitada”, “Gipifrom, Sociedad Limitada”, “Invergar Iberia Comercial Distribución, Sociedad Limitada”, “Construglass, Sociedad Anónima”, y “Cristalglass Manufactura, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 2, situado en avenida Huertas de Sacramento, número 14 (teléfonos de ejecuciones 987 451 361 y 987 451 359), el día 25 de febrero de 2014, a las doce y treinta horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretendan comparecer al acto del juicio asistidos de abogado o representados técnicamente por graduado social colegiado o representados por procurador pondrán esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o tribunal, por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que trasladada tal intención al actor pueda este estar representado técnicamente por graduado social colegiado o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio, la falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a “Invergar Participaciones Inmobiliarias, Sociedad Limitada”, “Vitro Cristalglass, Sociedad Limitada”, “Cristalglass Vidrio Aislante, Sociedad Anónima”, “H y R Técnicos, Sociedad Limitada”, “Gipifrom, Sociedad Limitada”, “Invergar Iberia Comercial Distribución, Sociedad Limitada”, “Construglass, Sociedad Anónima”, y “Cristalglass Manufactura, Sociedad Anónima”, se expide la presente cédula para su publicación en el “Boletín Oficial de la Provincia de León”, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Ponferrada, a 29 de julio de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/26.820/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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