Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 193

Fecha del Boletín 
15-08-2013

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130815-9

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUR

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Nombramiento miembros mesa contratación

La Asamblea de la Mancomunidad del Sur, en sesión extraordinaria celebrada el 22 de julio de 2013, aprobó por mayoría absoluta de los miembros de la Mancomunidad, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.—Rectificar el acuerdo adoptado en asamblea de 7 de julio y nombrar a los siguientes cargos como miembros de la Mesa de Contratación para los expedientes de contratación cuya competencia corresponda a la Asamblea:

1. Presidente: presidente de la Mancomunidad del Sur.

2. Vocal 1: interventor de la Mancomunidad del Sur.

3. Vocal 2: secretaria de la Mancomunidad del Sur.

4. Vocal 3: tesorero de la Mancomunidad del Sur.

5. Vocal 4: vicepresidente primero de la Mancomunidad del Sur.

6. Vocal 5: vicepresidente segundo de la Mancomunidad.

7. Secretario (con voz y sin voto): gerente de la Mancomunidad.

En caso de ausencia, vacaciones o enfermedad del presidente será sustituido por el vicepresidente primero y el puesto de vocal 4 será ocupado por el concejal representante en la Mancomunidad del primer Ayuntamiento, alfabéticamente, de los pertenecientes a la Mancomunidad.

Segundo.—El régimen de organización y funcionamiento de la Mesa de Contratación será el siguiente:

1. La Mesa de Contratación se regirá, en cuanto a su organización y funcionamiento, en primer lugar, por la legislación de Contratos del Sector Público y, supletoriamente, por el texto refundido de Régimen Local y la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común.

2. En las sesiones que celebre la Mesa de Contratación, esta quedará válidamente constituida con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y, en todo caso, por el presidente, el secretario y los dos vocales que tengan atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y al control económico-presupuestario del órgano.

Tercero.—El presente acuerdo surtirá efecto desde el día siguiente a su adopción, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el “perfil del contratante”.

Móstoles, a 23 de julio de 2013.—La gerente, María Isabel López del Corral Gallego.

(03/26.389/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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