Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 185

Fecha del Boletín 
06-08-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130806-192

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE JEREZ DE LA FRONTERA NÚMERO 3

192
Ejecución 632 de 2011

EDICTO

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Jerez de la Frontera.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen los autos número 632 de 2011, sobre social ordinario, a instancias de don Luis Fernando Rojas Cardador, contra Fondo de Garantía Salarial y “Sintra Tecnologies, Sociedad Anónima”, en los que con fecha 1 de julio de 2013 se ha dictado sentencia, que sustancialmente dice lo siguiente:

Sentencia número 280 de 2013

En Jerez de la Frontera, a 1 de julio de 2013.—Vistos por mí, doña Gloria Martín-Moreno Calcerrada, magistrada-juez titular del Juzgado de lo social número 3 de Jerez de la Frontera, los presentes autos seguidos bajo el número 632 de 2011, en materia de reclamación de cantidad, en virtud de demanda interpuesta por don Luis Fernando Rojas Cardador, representado en juicio por la letrada señora Vargas Castillo, frente a la empresa “Sintra Tecnologies, Sociedad Anónima” (cédula de identificación fiscal número A-11579356), que no comparece pese a estar citada en legal forma, habiendo sido llamado al procedimiento el Fondo de Garantía Salarial a los efectos legales correspondientes, que tampoco comparece, conforme al siguiente

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por don Luis Fernando Rojas Cardador, frente a la empresa “Sintra Tecnologies, Sociedad Anónima”, y en consecuencia, condeno a la demandada a pagar la cantidad de 3.050,10 euros, más los intereses moratorios correspondientes a razón del 10 por 100, sin especial pronunciamiento en cuanto al Fondo de Garantía Salarial.

Así por esta mi sentencia lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a “Sintra Tecnologies, Sociedad Anónima”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Jerez de la Frontera.—El secretario judicial (firmado).

(03/24.198/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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