Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 185

Fecha del Boletín 
06-08-2013

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130806-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 9

69
Juicio de faltas 725 de 2012

EDICTO

Don Miguel Ángel Rodríguez Enríquez, secretario del Juzgado de instrucción número 9 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 725 de 2012 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia

En Madrid, a 29 de mayo de 2012.—Don Elpidio José Silva Pacheco, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 9 de Madrid, habiendo visto en juicio oral y público los presentes autos de juicio de faltas número 725 de 2012, en los que han sido partes el señor fiscal y como denunciada doña Roberta Ibrahimovic.

Fallo

Que debo condenar y condeno a doña Roberta Ibrahimovic, como autora penalmente responsable de una falta de hurto del artículo 623 del Código Penal, a la pena de dos meses de multa, con una cuota diaria de 5 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas de multa, así como al abono de las costas procesales.

Notifíquese la presente sentencia al ministerio fiscal y a las partes, con la advertencia de que la misma no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación que deberá formalizarse en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Carla Sonia Vanoni y doña Roberta Ibrahimovic, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 19 de junio de 2013.—El secretario (firmado).

(03/24.216/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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