Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 184

Fecha del Boletín 
05-08-2013

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130805-67

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MIRAFLORES DE LA SIERRA

RÉGIMEN ECONÓMICO

67
Notificación obligados tributarios

Resultando que a los obligados tributarios, que a continuación se relacionan, no se les ha podido notificar las diversas liquidaciones practicadas por este Ayuntamiento, correspondientes a tributos municipales, en período voluntario, por causas ajenas a esta Administración, y una vez intentada la notificación por dos veces, en el domicilio señalado a efectos de notificaciones y/o, en su caso, domicilio fiscal, se procede a citar a los interesados (o, en su caso, representantes), mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, según establecen los artículos 58 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 112 de la Ley General Tributaria, para ser notificados mediante comparecencia en la Unidad Administrativa de Recaudación del Ayuntamiento, en horario de diez a catorce, de lunes a viernes no festivos, y jueves por la tarde de diecisiete a veinte horas, y en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación del presente anuncio.

Asimismo, se advierte a los interesados de que si transcurrido dicho plazo no se hubiese comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Este mismo edicto se expondrá en los tablones correspondientes el último domicilio conocido de los deudores.



En Miraflores de la Sierra, a 25 de febrero de 2013.—La tesorera, María Teresa ­Chicharro González.

(02/1.953/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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