Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181

Fecha del Boletín 
01-08-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130801-200

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GIRONA NÚMERO 3

200
Ejecución 167 de 2013

EDICTO

Por esta cédula dictada en méritos de lo acordado en el proceso de ejecución número 167 de 2013, instruido por este Servicio Común de Ejecución, a instancias de don José Manuel Costa Outes, contra “Fortráser, Sociedad Limitada”, se notifica a “Fortráser, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero (artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social), las resoluciones dictadas en el indicado proceso, cuyo tenor literal en sus partes dispositivas dice:

Auto

En Girona, a 26 de junio de 2013.

Parte dispositiva:

Acuerdo iniciar la ejecución de la sentencia de fecha 7 de febrero de 2013 dictada en los autos número 372 de 2012 de este Juzgado de lo social solicitada por don José Manuel Costa Outes, contra “Fortráser, Sociedad Limitada”, en reclamación de la cantidad de 9.237,06 euros en concepto de principal, más la cantidad de 923,71 euros que se fija provisionalmente para intereses y más la cantidad de 923,71 euros que se fija provisionalmente para costas, todo ello sin perjuicio de su posterior liquidación y tasación (artículo 251 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Notifíquese esta resolución a las partes en la forma prevista en el artículo 56 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que no es firme y que contra la misma podrán interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, en el plazo de tres días hábiles.

Así lo manda y firma don Gustavo José Muñoz González, magistrado-juez sustituto del Juzgado de lo social número 3 de Girona.—Doy fe.

Decreto número 523 de 2013

Secretario judicial, don José Francisco Escudero Moratalla.—En Girona, a 26 de junio de 2013.

Parte dispositiva:

Procede declarar en aras a la economía procesal a la ejecutada “Fortráser, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia legal por importe de 9.237,06 euros de principal, más 923,71 euros y más 923,71 euros en concepto de intereses y costas provisionales. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional, procediéndose, asimismo, al archivo de las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Una vez que sea firme la presente resolución, líbrese oficio, en su caso, al señor registrador mercantil de Girona a los efectos establecidos en el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Expídanse las certificaciones correspondientes.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoles que contra esta resolución cabe recurso de reposición a presentar dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación (artículo 451 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así lo mando y firmo.

Lo que se hace público por medio del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos pertinentes, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

En Girona, a 26 de junio de 2013.—El secretario judicial, José Francisco Escudero Moratalla.

(03/23.598/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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