Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
15-07-2013

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130715-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 1

95
Juicio de faltas 359 de 2012

EDICTO

Don José Antonio Laguna López, secretario del Juzgado de instrucción número 1 de Navalcarnero.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 359 de 2012 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Navalcarnero, a 27 de diciembre de 2012.—Vistos por el ilustrísimo señor don Luis Rodríguez Casero, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Navalcarnero (Madrid) y su partido judicial, los presentes autos de juicio de faltas número 359 de 2012, relativos a una presunta falta de incumplimiento de obligaciones familiares, en los que han sido partes: el ministerio fiscal, ejerciendo la acción pública; doña Verónica Pérez Gordo, como denunciante, y don Roberto Sirviente Cabello, como persona denunciada, dicta la presente resolución que se basa en el siguiente

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a don Roberto Sirviente Cabello de la falta de incumplimiento de obligaciones familiares que se le imputaba, declarando de oficio las costas causadas en el presente procedimiento.

La presente resolución es firme y contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Roberto Sirviente Cabello, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 6 de junio de 2013.—El secretario (firmado).

(03/21.165/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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