Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 160

Fecha del Boletín 
08-07-2013

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130708-104

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 29

104
Juicio de faltas 267 de 2013

EDICTO

Doña María José Sanz Escorihuela, secretaria del Juzgado de instrucción número 29 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 267 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

El ilustrísimo señor don Pedro Antonio Domínguez Morales, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 29 de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio de faltas número 267 de 2013, en los que han sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; como denunciante, don Juan Manuel Martínez Pérez; como denunciado, don Alexandru Vasile Dumitru, que no comparece pese a estar citado en forma, y como perjudicada, el establecimiento comercial “Sfera”, que tampoco comparece; constando en los autos el resto de los datos de los hasta aquí mencionados; recayendo la presente resolución con base en lo siguiente

Debo condenar y condeno a don Alexandru Vasile Dumitru, como autor criminalmente responsable de una falta de hurto, ya definida, a la pena de multa de cincuenta días, a una cuota diaria de 5 euros, lo que totaliza la cantidad de 250 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas. Asimismo, le condeno al pago de las costas procesales, si las hubiere.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Alexandru Vasile Dumitru, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 10 de junio de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/20.504/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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