Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142

Fecha del Boletín 
17-06-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130617-186

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE JEREZ DE LA FRONTERA NÚMERO 1

186
Procedimiento 653 de 2011

EDICTO

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Jerez de la Frontera.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen los autos número 653 de 2011, sobre social ordinario, a instancias de don Antonio Mifsut Ferrer de Couto, contra Fundación Alcalde Zoilo Ruiz Mateos, en la que con fecha 25 de abril de 2013 se ha dictado decreto de desistimiento que sustancialmente dice lo siguiente:

Tener por desistido a don Antonio Mifsut Ferrer de Couto de la demanda formulada frente a la Fundación Alcalde Zoilo Ruiz Mateos.

Proceder al archivo de los presentes autos, una vez firme la presente resolución.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoseles saber que frente a la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, en el plazo de tres días siguientes a su notificación. Adviértase, igualmente, al recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, o no tratándose del ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, Entidades Locales u organismos autónomos de ellos dependientes, que deberá constituir un depósito en la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), número de cuenta 1255/0000/60/0653/11, cuyo ingreso deberá acreditar documentalmente en el momento de la presentación del recurso, sin lo cual no se admitirá a trámite el mismo.

Y para que sirva de notificación en forma a Fundación Alcalde Zoilo Ruiz Mateos, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Jerez de la Frontera, a 25 de abril de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/17.336/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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