Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
14-06-2013

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130614-72

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

OTROS ANUNCIOS

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Aprobación estatutos Junta Compensación San Roque/Calvario/San Lucas

Se pone en general conocimiento que, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 27 de febrero de 2013, se ha acordado la aprobación definitiva de los estatutos y bases de actuación de la Junta de Compensación del APR 3.4-08, “San Roque/Calvario/San Lucas”, del Plan General de Ordenación Urbana. La parte dispositiva de dicho acuerdo tiene el siguiente tenor literal.

«Primero.—Desestimar las alegaciones formuladas don Ángel de la Fuente Jiménez, don Juan Manuel de la Fuente Jiménez, doña Mercedes de la Fuente Jiménez y por don Manuel de la Fuente Romero, por los motivos anteriormente expuestos.

Segundo.—Corregir la redacción del apartado 1.6 de la base primera y del apartado 8.1.1 de la base octava, de forma que donde en ellos se dice “Estudio de Detalle”, debe decir “plan parcial”.

Tercero.—Aprobar definitivamente los estatutos y las bases de actuación de la Junta de Compensación “San Roque/Calvario/San Lucas” de la Unidad de Ejecución en suelo urbano constituida por el ámbito APR 3.4-08, del mismo nombre, del Plan General de Ordenación Urbana promovidos por doña María Carmen Díaz Llorente y otros, con las correcciones mencionadas en el apartado anterior.

Cuarto.—Designar como representante del Ayuntamiento en el órgano rector de la Junta a doña Susana Pérez Quislant, quien podrá delegar su asistencia en el o la gerente municipal de Urbanismo, u otro funcionario público que preste sus servicios en la citada Gerencia.

Quinto.—Ordenar la publicación del presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que deberá contener las modificaciones introducidas, y su notificación individualizada a los propietarios del ámbito, concediéndoles el plazo de un mes para que soliciten su incorporación a la Junta de Compensación, advirtiéndoles de que en caso de no incorporarse serán expropiados a favor de esta».

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos legales oportunos, informándose que contra el precedente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Junta de Gobierno Local, conforme a lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación. O cualquier otro recurso que se considere procedente, indicándose que la interposición de recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.

Pozuelo de Alarcón, a 6 de marzo de 2013.—La gerente municipal de Urbanismo, Ana Reguero Naredo.

(02/2.581/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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