Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 139

Fecha del Boletín 
13-06-2013

Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130613-3

Páginas: 9


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

3
RESOLUCIÓN de 12 de junio de 2013, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, categoría de Bombero Especialista (Grupo C, Subgrupo C1).

Mediante Orden de 30 de julio de 2010, de la entonces Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de septiembre), se convocaron las pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, categoría de Bombero Especialista (Grupo C, Subgrupo C1).

Una vez concluido el citado proceso selectivo, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Orden anteriormente señalada y demás normativa de aplicación, esta Dirección General

HA RESUELTO

Primero

Declarar, a propuesta del Tribunal Calificador del mencionado proceso selectivo, que han superado el mismo los aspirantes incluidos en la relación que se incorpora como Anexo de esta Resolución.

Segundo

Con objeto de proceder a su nombramiento como funcionarios de carrera de la categoría de referencia, los aspirantes seleccionados dispondrán de un plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para personarse ante la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía y Hacienda (plaza de Chamberí, número 8, primera planta), y aportar la documentación exigida por la base 10.1 de la Orden de convocatoria, que se reproduce a los efectos señalados:

a) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, del documento nacional de identidad.

b) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, de la titulación requerida en la base 2.1.c) o de la certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos correspondientes para la expedición de dichos títulos; o, alternativamente, de la certificación de la antigüedad establecida en la mencionada base 2.1.c), que será expedida por la citada Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos, a la que deberá acompañarse, en su caso, certificación de la superación del curso al que se refiere la disposición adicional vigésima segunda de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.

En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse la documentación acreditativa de su homologación.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

Tercero

De conformidad con lo dispuesto en la base 10.4 de la Orden de convocatoria, aquellos aspirantes que, dentro del plazo establecido en el apartado segundo de esta Resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación anteriormente indicada o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos en el proceso selectivo de referencia, perderán su derecho a ser nombrados funcionarios de carrera de la categoría de Bombero Especialista y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que, en su caso, pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Cuarto

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 12 de junio de 2013.—El Director General de Función Pública, Miguel Ángel López González.















(03/19.719/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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