Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136

Fecha del Boletín 
10-06-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130610-190

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

190
Procedimiento 1.062 de 2012

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.062 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Agustín Gómez Jiménez, frente a “L Más M, Sociedad Anónima”, y “Moquetas y Techos, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 13 de mayo de 2013.

Parte dispositiva:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes en fecha 13 de febrero de 2013 en los términos siguientes:

En primer lugar, el actor manifiesta que desiste de “Moquetas y Techos, Sociedad Limitada”.

“L Más M, Sociedad Anónima”, mantiene el carácter objetivo del despido y ofrece una indemnización adicional a la ya entregada de 20.000 euros netos que se abonarán a razón de 2.000 euros mensuales los cinco primeros días de cada mes en la cuenta bancaria en la que habitualmente recibía sus haberes, siendo el primer pago en marzo de 2013 y el último en diciembre de 2013.

El incumplimiento de cualquiera de los plazos conlleva la ejecución por el total adeudado.

En esta indemnización no se encuentra incluido la parte de la que es responsable el Fondo de Garantía Salarial, lo que se manifiesta a efectos de que el trabajador pueda acudir ante dicho organismo a solicitar su pago.

El trabajador acepta manifestando que con el percibo de la cantidad indicada no tiene nada más que reclamar.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2512/0000/61/1062/12.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Moquetas y Techos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de mayo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.099/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130610-190