Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 132

Fecha del Boletín 
05-06-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130605-213

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 2

EDICTO

213
Procedimiento 876 de 2012

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Jaén.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento número 876 de 2012, sobre despidos/ceses en general, a instancias de doña María del Mar Morales Camacho, contra “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, en la que se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Estimando las demandas acumuladas de extinción, reclamación de cantidad y despido formuladas por doña María del Mar Morales Camacho, declaro extinguida la relación laboral entre las partes a fecha de la presente resolución, condenando a la empresa a abonar a la actora en concepto de indemnización la cantidad de 8.245,46 euros, condenando a la empresa al abono en concepto de salarios impagados por importe de 4.507,42 euros, que devengarán el 10 por 100 de interés de demora.

Con absolución del Fondo de Garantía Salarial en la presente instancia y sin perjuicio de sus responsabilidades legales.

Publíquese esta sentencia y notifíquese a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días a contar a partir del siguiente a la notificación de la presente, para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, haciendo saber a la parte condenada que, caso de recurrir, habrá de consignar en la cuenta corriente que este Juzgado tiene abierta en “Banesto”, de esta capital, el importe total de la condena (cuenta corriente número 2046/0000/65/0876/12) y la suma de 300 euros como depósito especial para recurrir (cuenta corriente número 2046/0000/67/0876/12).

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Jaén, a 29 de abril de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/15.446/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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