Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99

Fecha del Boletín 
27-04-2013

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130427-36

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 2

EDICTO

36
Juicio de faltas 116 de 2012

Doña Ángela Torres Mohedas, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Colmenar Viejo.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 116 de 2012 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Auto

Magistrada-juez de primera instancia e instrucción, doña Sonia Agudo Torrijos.—En Colmenar Viejo, a 19 de septiembre de 2012.

Parte dispositiva:

Se declara firme la sentencia dictada en fecha en la presente causa.

Dispone, a su vez, el artículo 988 de la misma Ley procesal, que cuando una sentencia sea firme, como ocurre en este caso, el magistrado-juez o tribunal lo declarará así, añadiendo a continuación que hecha esta declaración se procederá a ejecutar la sentencia, para lo cual líbrese oficio al Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas, CIS Alcalá de Henares, de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, para que ordene lo necesario al objeto del cumplimiento de la pena impuesta a doña Rocío Pinto Ugía de cinco días de trabajo en beneficio de la comunidad; acompañase, a tal efecto, testimonio de la sentencia en que se acuerda y testimonio de este auto.

Así lo dispone, manda y firma doña Sonia Agudo Torrijos, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Colmenar Viejo.

Y para que conste y sirva de notificación de la resolución a doña Rocío Pinto Ugía, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Colmenar Viejo, a 21 de marzo de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/11.037/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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