Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99

Fecha del Boletín 
27-04-2013

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130427-4

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA

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RESOLUCIÓN de 20 de marzo de 2013, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Untelsa” (“Bankia” lote 3) y representante de FES-UGT y representante de AA DD-CC OO y representantes del comité de empresa (PCM-0187/2013).

Vista el Acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.1.h) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 20 de marzo de 2013.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

Expediente número: PCM 0187/2013.

En Madrid, a las nueve y treinta horas del jueves 14 de marzo de 2013.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don Salustiano Forteza Sánchez.

Vocal: Don Ángel García Marco.

Vocal: Don Joaquín Sánchez Cervera.

Vocal: Doña María Josefa Jiménez Manzano.

Secretario: Don Antonio Chico Fernández.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha jueves 7 de marzo de 2013, para conocer del expediente citado.

De una parte constan como citados y comparecen:

Doña María Elena Ramos Martín, calidad de representante legal.

Doña María Jesús Lerma Ortiz, en calidad de representante.

La empresa “Untelsa” (“Bankia” lote 3), con domicilio en la calle Vicente Viullegas, número 3 (Madrid).

De otra parte constan como citados y comparecen:

Doña Rosa María Sampedro Rodríguez, en calidad de representante de FES-UGT.

Don Leoncio Flores Blázquez, en calidad de representante de AA DD-CC OO.

Doña Ángeles Bernal Vázquez, en calidad de representación del comité de empresa.

Doña Gloria Martín Benavent, en calidad de representación del comité de empresa.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por la Federación de Servicios de UGT de Madrid

ABIERTO EL ACTO

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

1. Se da por válido el acuerdo alcanzado el día 21 de febrero de 2013 respecto de las modificaciones sustanciales con efectos del día 11 de marzo, 21 de marzo y 25 de abril de 2013, si bien se acuerda que los trabajadores afectados por la medida del 11 de marzo tenga efectividad a partir del día 19 de marzo, abonando hasta dicha fecha la jornada anterior a la modificación sustancial.

2. Se acuerda elaborar una lista con los trabajadores afectados por la modificación para que tengan prioridad a la hora de cubrir suplencias o trabajos extraordinarios por cualquier concepto (vacaciones, enfermedades, archivos, etcétera), teniendo en cuenta el criterio de lugar de trabajo, es decir, serán llamados para cubrir dichos trabajos las personas que trabajen en el mismo municipio o limítrofe. Aquellos trabajadores que renuncien a la oferta lo dejarán por escrito.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las diez y treinta horas del día de hoy.—El secretario suplente (firmado).

(03/11.590/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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