Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 97

Fecha del Boletín 
25-04-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130425-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

70
Procedimiento ordinario 382 de 2011

En el presente procedimiento ordinario número 382 de 2011, seguido a instancias de “Hanson Hispania, Sociedad Anónima”, frente a “Excavaciones Sánchez Merino, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia número 181 de 2012

En Madrid, a 17 de septiembre de 2012.—Doña María Dolores Fernández Alcalde, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 10 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario número 382 de 2011, seguidos ante este Juzgado entre las siguientes partes: como demandante, “Hanson Hispania, Sociedad Anónima”, con procuradora doña Esther Centoira Parrondo y letrado don José María Neila Neila, y como demandada, “Excavaciones Sánchez Merino, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad; con el siguiente

Fallo

Estimando la demanda formulada por la procuradora señora Centoira Parrondo, en nombre y representación de “Hanson Hispania, Sociedad Anónima”, frente a “Excavaciones Sánchez Merino, Sociedad Limitada”, condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de 62.197,69 euros, con los intereses legales moratorios previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, de Medidas de Lucha contra la Morosidad, y con condena en las costas del juicio a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, poniendo en su conocimiento que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de veinte días, contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución, exponiendo las alegaciones en que base la impugnación y citando la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna, previo depósito de 50 euros, que deberá consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, número 2438 de “Banesto”, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, y que deberá acreditar la parte recurrente mediante la presentación del resguardo, haciendo saber que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez titular (firmado).

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, de lo que yo, el secretario, doy fe.

Y encontrándose dicha demandada, “Excavaciones Sánchez Merino, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

Madrid, a 12 de marzo de 2013.—El secretario (firmado).

(02/2.698/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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