Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 97

Fecha del Boletín 
25-04-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130425-173

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

173
Procedimiento ordinario 828 de 2010

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 828 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Tyrone Ashton, frente a “Mi Carmen, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se tiene por disistido a don Tyrone Ashton de su demanda, procediendo al cierre y archivo de las presentes actuaciones previa notificación de la presente resolución a las partes, y una vez firme esta.

Modo de impugnación: mediante recurso de revisión a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado número 2518/0000/30/0828/10 de la entidad bancaria “Banesto”, calle Princesa, número 3.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1033/40/0000000000, indicando el número de cuenta corriente 2518/0000/ 30/0828/10, el número de procedimiento y la persona que hace el ingreso.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mi Carmen, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de marzo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.582/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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