Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
22-04-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130422-163

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

163
Ejecución 52 de 2013

Doña María Luisa García Tejedor, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 52 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Erika Andrea Muñoz Hormaza, frente a “Laquiuz, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado auto y decreto de fecha 14 de marzo de 2013 siguientes:

Dispongo:

Primero. Recábase telemáticamente informe integral sobre la averiguación de bienes o derechos susceptibles de embargo de la entidad demandada o, en su defecto, líbrense los oficios correspondientes.

Segundo. Se acuerda el embargo telemático de las devoluciones tributarias que la Agencia Estatal de Administración Tributaria tenga pendientes de devolver a la parte ejecutada. A tal efecto, realícese la petición de cargo por requerimiento judicial a través de la “Cuenta de consignaciones judiciales”.

Tercero. Trábese embargo telemático sobre las cuentas a la vista de la demandada a través de la aplicación del Punto Neutro Judicial, y con su resultado y el contenido de la averiguación patrimonial, se acordará.

Cuarto. La “Cuenta de consignaciones” del órgano judicial en “Banesto” a efectos de pago será la número 2803/0000/64/1066/12, entidad 0030, agencia 1033, sita en la calle Princesa, número 3 de Madrid.

Notifíquese la presente resolución a las partes. Realícese notificación de la empresa a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2803/0000/64/1066/12.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña Erika Andrea Muñoz Hormaza, frente a la demandada “Laquiuz, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 9.542,59 euros, más 1.526,81 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2803/0000/64/1066/12.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Laquiuz, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 14 de marzo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.845/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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