Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
19-04-2013

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130419-229

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

229
Ejecución 37 de 2013

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 37 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Alonso Sánchez, contra las empresas “Alicatados Mateos, Sociedad Limitada”, “Alicatados Alsol, Sociedad Limitada”, “Plazul, Sociedad Limitada”, y “Toja Alicatados y Reformas, Sociedad Limitada”, se ha dictado auto el día 11 de marzo de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Francisco Alonso Sánchez, frente a “Alicatados Mateos, Sociedad Limitada”, “Alicatados Alsol, Sociedad Limitada”, “Plazul, Sociedad Limitada”, y “Toja Alicatados y Reformas, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 6.814,85 euros, más 680 euros calculados provisionalmente para intereses y costas.

Contra este auto cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado dentro del plazo de tres días hábiles siguientes al de su notificación, sin perjuicio de su ejecutividad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 239.4 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre.

De conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, disposición adicional decimoquinta, es necesaria la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2850, que es exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma el ilustrísimo señor don Francisco Juan Sánchez Delgado, magistrado-juez de lo social del número 1 de los de Móstoles.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Alicatados Mateos, Sociedad Limitada”, “Alicatados Alsol, Sociedad Limitada”, “Plazul, Sociedad Limitada”, y “Toja Alicatados y Reformas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 11 de marzo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.733/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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