Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
19-04-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130419-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

115
Procedimiento ordinario 547 de 2012

Doña Paloma Zotes Alijas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 547 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Jiménez Márquez, frente a Fondo de Garantía Salarial “Fortraser, Sociedad Limitada”, y “Grupo Bursan”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 14 de 2013

En nombre del Rey.—En Madrid, a 8 de enero de 2013.

Vistos por la ilustrísima señora doña Ángela Mostajo Veiga, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de Madrid, los presentes autos sobre derechos y cantidad, siendo partes en los mismos, de una, como demandante, don José Jiménez Márquez, asistido por la letrada doña Nunila Mora Escalera y de otra, como demandada, “Fortraser, Sociedad Limitada”, que no comparece, con citación del Fondo de Garantía Salarial, representado por la letrada doña María Santas Ara Callizo.

Vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente y general aplicación,

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don José Jiménez Márquez, contra “Fortraser, Sociedad Limitada”, con citación del Fondo de Garantía Salarial, debo condenar a la empresa a que abone al actor la suma de 737,43 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe recurso.

Remítase testimonio de esta sentencia a la Tesorería General de la Seguridad Social a los efectos indiciados en el cuerpo de esta resolución.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—Seguidamente se notifica la anterior resolución a las partes, por medio del correo certificado con acuse de recibo, conteniendo los sobres remitidos copia de la sentencia dictada y cédula de notificación.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Fortraser, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de marzo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.601/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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