Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 87

Fecha del Boletín 
13-04-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130413-93

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

93
Procedimiento ordinario 332 de 2012

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 332 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Adil Ardid, frente al Ayuntamiento de Majadahonda, “Jocasa Obras y Servicios, Sociedad Limitada”, y “Licuas, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:

Acta de conciliación

En Madrid, a 7 de marzo de 2013.—Siendo el día y la hora señalados para la celebración del intento de conciliación, previo al juicio oral, ante mí, la secretaria judicial, doña Paloma Muñiz Carrión, del Juzgado de lo social número 17 de Madrid, comparecen: como demandante, la letrada doña María Adoración Sánchez López, con número de colegiada 50.325, en representación de don Adil Ardid, con otros (persona física), en virtud de escritura de poder general para pleitos que exhibe y cuya copia queda unida en autos, y como demandos, “Licuas, Sociedad Anónima”, con cédula de identificación fiscal número A-78066487, representada por la procuradora doña María Granizo Palomeque, con número de colegiada 677, en virtud de escritura pública que exhibe y retira y cuya copia queda unida en autos y asistida de letrada doña María Mercedes Alcobendas Rivas, con número de colegiada 52.183; “Jocasa Obras y Servicios, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal B-84615129, que no comparece, y Ayuntamiento de Majadahonda, con cédula de identificación fiscal P-28080000-J, que no comparece.

Iniciado el acto, se advierte a las partes de sus respectivos derechos y obligaciones, exhortándoles para que lleguen a un acuerdo amistoso que se obtiene en los siguientes términos:

Por todos los conceptos de la demanda, la codemandada “Licuas, Sociedad Anónima”, ofrece la cantidad de 27.005,48 euros. El pago se hará por consignación en la cuenta de este Juzgado en el plazo de ocho días y la realizará “Zurich Insurance, PLC”, en su condición de aseguradora de responsabilidad de “Licuas, Sociedad Anónima”.

El trabajador acepta, desiste de los demás codemandados y con el percibo de esta cantidad declara que nada más tienen que reclamar en relación al accidente laboral que ha dado origen a este procedimiento.

Su señoría, la secretaria judicial, aprueba la avenencia alcanzada por las partes, dando por concluido el acto y procede a continuación a dictar y notificar el decreto de aprobación, extendiéndose la presente acta que firman los asistentes, de lo que doy fe.

Decreto

En Madrid, a 7 de marzo de 2013.

Parte dispositiva:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes, en fecha 7 de marzo de 2013, en los términos siguientes:

Por todos los conceptos de la demanda, la codemandada “Licuas, Sociedad Anónima”, ofrece la cantidad de 27.005,48 euros. El pago se hará por consignación en la cuenta de este Juzgado en el plazo de ocho días y la realizará “Zurich Insurance, PLC”, en su condición de aseguradora de responsabilidad “Licuas, Sociedad Anónima”.

El trabajador acepta, desiste de los demás codemandados y con el percibo de esta cantidad declara que nada más tienen que reclamar en relación al accidente laboral que ha dado origen a este procedimiento.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2515/0000/60/0332/12.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Jocasa Obras y Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID .

En Madrid, a 7 de marzo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.870/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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