Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 82

Fecha del Boletín 
08-04-2013

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130408-68

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARLA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

68
Modificación Reglamento Consejo de Barrio

Habiendo aprobado el Pleno Municipal de fecha 12 de febrero de 2013 la modificación del Reglamento de Consejo de Barrio, aprobado anteriormente por el Ayuntamiento Pleno con fecha 11 de diciembre de 2007 que sigue vigente en la actualidad, se hace pública dicha modificación:

«Artículo 3. Ámbitos de actuación.—Eliminar sedes.

Artículo 10. El Pleno, en su párrafo 5, proponemos eliminar la palabra “cinco” y que quede de la siguiente manera: “Las organizaciones políticas con representación municipal eligirán a vocales de manera proporcional a los resultados de las elecciones municipales. Cada fuerza política con representación en el Pleno Municipal deberá contar, como mínimo, con un vocal en el Consejo”».

Lo que se expone a información pública en el tablón de edictos del Ayuntamiento por plazo de treinta días hábiles para oír reclamaciones.

En Parla, a 20 de marzo de 2013.—El alcalde (firmado).

(03/9.462/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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