Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 82

Fecha del Boletín 
08-04-2013

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130408-106

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 1

EDICTO

106
Procedimiento ordinario 417 de 2008

En el juicio ordinario número 417 de 2008, seguido a instancias de la procuradora doña María Jesús Llamas Villar, en nombre y representación de doña María Ángeles Suances Serrano, don Antonio Diodoro Munuera Suances, don Marcos Munuera Suances, doña Isabel Milagros Munuera Suances y don Pedro José Munuera Suances, frente a “Cooperativa de Viviendas Hogar Mutuo”, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 189 de 2012

En Torrejón de Ardoz, a 25 de octubre de 2012.—Vistos por la señora doña Natalia Velilla Antolín, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 1 de Torrejón de Ardoz, los autos de juicio ordinario declarativo de dominio, registrados bajo el número 417 de 2008, seguidos en este Juzgado en virtud de demanda interpuesta por la procuradora doña María Jesús Llamas Villar, en nombre y representación de doña María Ángeles Suances Serrano, don Antonio Diodoro Munuera Suances, don Marcos Munuera Suances, doña Isabel Milagros Munuera Suances y don Pedro José Munuera Suances, bajo la dirección letrada de don Pedro José Munuera Suances, contra “Cooperativa de Viviendas Hogar Mutuo”, en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por la representación procesal de doña María Ángeles Suances Serrano, don Antonio Diodoro Munuera Suances, don Marcos Munuera Suances, doña Isabel Milagros Munuera Suances y don Pedro José Munuera Suances, contra “Cooperativa de Viviendas Hogar Mutuo”, y en su virtud, declaro el derecho de propiedad de los actores sobre el local comercial sito en Torrejón de Ardoz, calle Segovia, número 18, finca registral número 13.357 del Registro de la Propiedad de Torrejón de Ardoz, que se describe como:

Urbana número 2.—En Torrejón de Ardoz, local comercial número 2, en planta baja del bloque número 22, situado en una calle nueva sin nombre, en Las Quintanillas, que ocupa una superficie de 21,74 metros cuadrados, y linda: frente, calle de su situación, por donde tiene su entrada; derecha, entrando, portal del bloque, por donde tiene también puerta de entrada; izquierda, local número 1, y fondo, local número 1. Cuota en los elementos comunes y gastos de 1,65 por 100, con referencia catastral número 959264VK5799S0004JS, en las siguientes proporciones:

Doña María Ángeles Suances Serrano, en cuanto a una mitad del pleno dominio, por disolución de la sociedad ganancial y la cuota viudal que se corresponde con el usufructo vitalicio de una sexta parte del inmueble.

Don Antonio Diodoro Munuera Suances, propietario de una dozava parte del pleno dominio y de una veinticuatroava parte de la nuda propiedad en su condición de heredero legal del causante.

Don Marcos Munuera Suances, propietario de una dozava parte del pleno dominio y de una veinticuatroava parte de la nuda propiedad en su condición de heredero legal del causante.

Doña Isabel Milagros Munuera Suances, propietaria de una dozava parte del pleno dominio y de una veinticuatroava parte de la nuda propiedad en su condición de heredera legal del causante.

Don Pedro José Munuera Suances, propietario de una dozava parte del pleno dominio y de una veinticuatroava parte de la nuda propiedad en su condición de heredero legal del causante.

Condeno a la demandada “Cooperativa de Viviendas Hogar Mutuo” a estar y pasar por la anterior declaración y al pago de las costas procesales.

Ordeno la rectificación de su asiento registral a fin de que aparezcan como titulares registrales de la misma los demandantes, con cancelación de las inscripciones contradictorias y caducadas si las hubiere.

Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que deberá interponerse ante este Juzgado dentro del plazo de los veinte días siguientes a su notificación por los trámites de los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil (según redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal), para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid. Para la admisión del recurso de apelación será necesaria la consignación de un depósito de 50 euros (artículo 448.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada-juez que la suscribe en audiencia pública en el día de su fecha.—Doy fe.

Y encontrándose dicha demandada “Cooperativa de Viviendas Hogar Mutuo” en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Torrejón de Ardoz, a 4 de febrero de 2013.—El secretario (firmado).

(02/2.103/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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